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El cártel de coches, el sistema de intercambio de información confidencial

¿Puedo reclamar?

Durante 7 años consecutivos, en España operó el cártel de coches, un sistema mediante el cual los fabricantes de vehículos intercambiaban información secreta y confidencial, afectando al libre mercado de los automóviles. Los partícipes llegaron a tener un control absoluto del mercado de la distribución y la posventa de automóviles, llegando a estar afectados por ello más de 10 millones de clientes.

¿Qué es exactamente el cártel de coches?

El cártel de coches es la denominación otorgada para la agrupación de diferentes marcas del sector de la automoción que tenían como objetivo primordial el intercambio estratégico y comercial de información sensible para beneficiarse con el control del mercado. Es decir, mediante el cártel de coches, los fabricantes de vehículos compartían en secreto información sensible y confidencial que adulteraba la libre competencia, afectando así al mercado, con el fin de incrementar los precios de los automóviles.

En el año 2013, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante, CNMC) concluyó que unas marcas concretas de coches habían constituido un cártel para intercambiar información privada. Por ello, en el año 2015, la CNMC impuso una multa con 171 millones de euros a 21 empresas fabricantes y distribuidoras de marcas de automóviles en España y a 2 empresas consultoras por prácticas restrictivas de la competencia, por considerar que estos intercambios de información confidencial servían para controlar el mercado de la distribución y la posventa, lo que iba en contra de la competencia.

La CNMC consideró probada una infracción única y continuada, consistente en el intercambio sistemático de información confidencial comercialmente sensible con manifiesta ocultación y secretismo que cubría la práctica totalidad de las actividades realizadas por las empresas sancionadas mediante su Red de distribución y posventa: venta de vehículos nuevos, usados, prestación de servicios de taller, reparación, mantenimiento y venta de piezas de recambios oficiales. El resultado fue un sobreprecio para el consumidor.

El Tribunal Supremo confirma en sus recientes sentencias las sanciones impuestas por la CNMC y abre la veda a las reclamaciones.

¿Cómo sé si puedo reclamar por el cártel de coches?

El carácter ilegal y oportunista del cártel de coches provocó la existencia de miles de afectados, pudiendo estar perjudicados más de 10 millones de clientes que compraron sus vehículos en España entre febrero de 2006 y agosto de 2013 (dependiendo de las empresas).

Por lo tanto, si entre febrero de 2006 y agosto de 2013 ha adquirido un coche por compra, leasing o renting de una de las marcas afectadas, puede reclamar. Por el cártel de coches pueden reclamar particulares, autónomos y empresas.

¿Cuáles son las marcas afectadas por el cártel de coches?

Las marcas afectadas por el cártel de coches son las siguientes: Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, General Motors, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Škoda, Volkswagen, Toyota, Volvo.

Los implicados en la trama son 21 fabricantes y 2 consultoras, que suponen aproximadamente el 91% del sector de la distribución y fabricación de automóviles en España, los cuales pactaron las condiciones comerciales en la venta de sus automóviles.

¿Cuáles son las indemnizaciones por el cártel de coches?

Todos los afectados por el cártel de coches pagaron más por la compra de sus vehículos como consecuencia de los pactos fraudulentos alcanzados durante los años 2006 y 2013 por las marcas afectadas para fijar unos precios más elevados. Por ello, los afectados por el cártel de coches tienen derecho a ser indemnizados. La cuantía para reclamar depende del vehículo comprado y del modelo. La indemnización es el sobrecoste que ha sufrido cada comprador y, por lo tanto, ha de estudiarse caso a caso.

Se estima que la indemnización puede alcanzar entre un 10% y un 15% del precio de compra del vehículo, a la que habría que sumar los intereses devengados y restar los gastos judiciales.

¿Cuál es el proceso de reclamación por el cártel de coches? ¿Y el plazo?

Por el cártel de coches se reclama la elevación del precio final sufrido por cada comprador, cuya indemnización se reclama en una demanda judicial que debe ir acompañada de un informe pericial, el cual cuantificará el sobrecoste sufrido.

Son competentes para conocer de este procedimiento los Juzgados de lo Mercantil.

El plazo de prescripción del proceso de reclamación es de 1 año, que empieza a contar desde la fecha de publicación de la sentencia del Tribunal Supremo. Como es un plazo de prescripción, es susceptible de ser interrumpido .

¿Qué documentos son necesarios para reclamar por el cártel de coches?

Para iniciar el proceso de reclamación por el cártel de coches se requiere aportar una documentación mínima y necesaria, y es la siguiente:

  • Si el vehículo se compró, la factura de adquisición. Ahora bien, si se formalizó un contrato de leasing o de renting, la póliza suscrita con la entidad financiera o el resguardo de transferencia bancaria.
  • La ficha técnica del vehículo, en la que se especifican todos los datos del vehículo.
  • El permiso de circulación del vehículo.

En el caso de que el automóvil adquirido entre febrero de 2006 y agosto de 2013 se hubiese vendido, el reclamante deberá aportar el documento en el que conste el precio de venta del vehículo.

El cártel de coches afectó a la gran mayoría de vehículos comercializados durante los años 2006 y 2013, por lo que es posible que el suyo esté entre los afectados. Ahora bien, el sobrecoste sufrido por el cártel de coches depende de cada caso concreto.

Desde Farré Abogados le ayudaremos a reclamar su indemnización, no dude en consultarnos para cualquier duda o cuestión.

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