¿Cómo reclamar la Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública?
Paso a paso
¿No sabes a quién reclamar si te caes en la calzada por el mal estado de esta? Son muchos los actos derivados del mal funcionamiento de la Administración Pública que tienes derecho a reclamar y por los cuales esta debe indemnizarte en caso de lesión de bienes y derechos.
¿Qué es la Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública?
La Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública es la obligación que tiene esta de indemnizar a los particulares que, por un mal funcionamiento de los servicios públicos, sufran cualquier tipo de lesión en sus bienes o derechos. Para que esta indemnización sea efectiva, es necesario que no haya sido causada por fuerza mayor, que el daño sea efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación con una persona o grupo de personas.
¿Cómo reclamar?
- Contactar con un abogado: el primer paso es contactar con un/a abogado/a especialista que te pueda asesorar y ayudar en todo el proceso de reclamación.
- Recopilar información: el segundo paso consiste en recopilar todas las pruebas (documentos, imágenes, testimonios) que se estimen convenientes para la defensa de la argumentación.
- Presentar una reclamación: hay que presentar una reclamación en el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirija, en las oficinas de Correos -en la forma que reglamentariamente se establezca-, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de asistencia en materia de registros o en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. El plazo para presentar la reclamación es de un año desde que se produjo el hecho que motive la indemnización o desde la manifestación de su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.
- En el caso que las indemnizaciones sean de cuantía igual o superior a 50.000 euros o a la que se establezca en la correspondiente legislación autonómica, así como en aquellos casos que disponga la Ley Orgánica 3/1980, del Consejo de Estado, será preceptivo solicitar dictamen del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma.
- Resolución: una vez recibida y estudiada la reclamación de Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública, se emitirá una resolución, la cual debe pronunciarse sobre la existencia o no de la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y la lesión producida. En su caso, también deberá destacar la valoración del daño causado, la cuantía y el modo de la indemnización, cuando proceda, de acuerdo con los criterios que, para calcularla y abonarla, se establecen en el artículo 34 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Si pasan 6 meses desde que se inició el procedimiento y no hay resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, se podrá entender que la resolución es contraria a la indemnización del particular.
- Indemnización: las indemnizaciones solo pueden venir de lesiones a particulares que estos no tengan el deber de soportar de acuerdo con la ley, o de hechos o circunstancias que se pudieran podido prever o evitar. La indemnización también se podrá sustituir por una compensación en especies o mediante pagos periódicos, siempre que exista acuerdo con el interesado.
La normativa básica de este procedimiento se encuentra en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículos 91 y 92, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículos 32 a 35.
Algunos ejemplos
Un ejemplo de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública sería la caída en un edificio público a causa del mal estado del suelo de este, así como la caída en el suelo de la calle por el mal estado de la vía. Otro ejemplo sería encontrarse un personal público que no dispone de los materiales necesarios para efectuar su trabajo y, consecuentemente, ayudarte.
Otros supuestos
También nos podemos encontrar ante un supuesto de indemnización por las Administraciones Públicas cuando un particular sufra una lesión en sus bienes y derechos como consecuencia de la aplicación de actos legislativos de naturaleza no expropiatoria. También cuando los daños deriven de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional o cuando los daños deriven de la aplicación de una norma contraria al Derecho de la Unión Europea.
Ponte en contacto con nosotros si te encuentras en esta situación y quieres realizar una reclamación por Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública. Estaremos a tu disposición para todo lo que necesites.
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