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La nueva reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Un nuevo intento de mejorar la seguridad vial en el Estado español

El 21 de marzo de 2022 entró en vigor la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos. La finalidad principal de esta reforma es reducir la siniestralidad en las carreteras españolas y reforzar la seguridad vial.

La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial se adapta a los nuevos tiempos para conseguir mejorar la seguridad vial en el Estado español, endureciendo las sanciones a los infractores que incurren en las multas de tráfico más comunes.

¿Cuáles son los principales cambios que ha introducido la nueva Ley de Tráfico?

La Ley de Tráfico 2022 recoge las siguientes novedades:

  • Uso del móvil: sujetar con la mano dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce implica la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir (la infracción aumenta de 3 a 6 puntos) y una multa de 200 euros. Por lo tanto, el simple hecho de sostener el móvil en la mano, aunque no se use, supone la pérdida de puntos. La manipulación del móvil mientras está colocado en un soporte también es una infracción.
  • Falta de uso o uso incorrecto de las medidas de seguridad: no utilizar o utilizar incorrectamente las medidas de seguridad -es decir, el cinturón de seguridad, el casco de protección, los sistemas de retención infantil, y demás elementos de protección obligatorios-, implica la pérdida de 4 puntos del permiso de conducir (la infracción aumenta de 3 a 4 puntos) y una multa de 200 euros.
  • Lanzar objetos a la vía: arrojar a la vía o sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o sanciones, implica la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir (la infracción aumenta de 4 a 6 puntos) y una multa de 500 euros.
  • Límites de velocidad:
    • En ciudad: en vías  de un solo carril por sentido se reduce el límite de velocidad a 30 km/h. Ahora bien, en vías con dos o más carriles por sentido se permite alcanzar hasta los 50 km/h.
    • En núcleos urbanos: en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera se reduce el límite de velocidad a 20 km/h.
    • En carreteras convencionales: durante los adelantamientos, ya no se puede rebasar en 20 km/h los límites de velocidad.
  • Detectores de radares: utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros implica la pérdida de 3 puntos del permiso de conducir y una multa de 200 euros. Por otra parte, el hecho de tener instalados en el vehículo inhibidores de radares implica la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir y una multa de 500 euros.
  • Adelantamientos a ciclistas: cuando la calzada tenga más de un carril por sentido, será obligatorio el cambio completo de carril. Ahora bien, en las vías con un único carril por sentido, seguirá siendo necesario dejar, como mínimo, una distancia de 1,5 m. El hecho de adelantar incorrectamente a ciclistas implica la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir y una multa de 200 euros. Sin embargo, queda prohibido adelantar a ciclistas cuando se ponga en peligro o se entorpezca a ciclistas que circulen en sentido contrario, incluso si estos ciclistas circulan por el arcén.
  • Tasa de alcohol 0,0 en menores: los conductores menores de edad no pueden circular por las vías con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 g/l o de alcohol en aire espirado superior a 0 mg/l.
  • Uso de patinetes eléctricos: aquellos usuarios que utilicen patinetes eléctricos deben cumplir la normativa de circulación como si fueran vehículos. Ahora bien, tienen algunas diferencias, pues deben circular entre 6 y 25 km/h; nunca pueden circular por las aceras ni por zonas peatonales; y tienen prohibido circular por vías interurbanas, travesías, autovías, autopistas o túneles urbanos. En todo caso, los usuarios de patinetes eléctricos están obligados a utilizar casco.
  • Prohibido parar o estacionar en un carril bici: el hecho de parar o estacionar en un carril bici no implica la retirada de puntos pero sí una multa de 200 euros.
  • Sistema de puntos: para recuperar el número de puntos inicial debe transcurrir un periodo de 2 años sin cometer ninguna infracción. Es decir, independientemente de si la infracción es grave o muy grave, el conductor podrá recuperar el saldo inicial de puntos si han transcurrido 2 años sin que haya sido sancionado en firme por la comisión de una infracción que conlleve detracción de puntos.
  • Fraude en el examen de conducir: se considera una infracción muy grave, penalizada con una multa de 500 euros, además del inacceso a los exámenes durante el plazo de 6 meses desde la comisión de la infracción.

Consideraciones finales

En definitiva, la nueva reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial tiene el objetivo principal de reducir los accidentes de tráfico para mejorar la seguridad vial en el Estado español, centrándose principalmente en la revisión de aquellas infracciones que suponen la pérdida de puntos, en el reconocimiento que tiene para la seguridad viaria la superación de cursos de conducción segura y eficiente, en el tratamiento actualizado de la conducción profesional, y en la unificación a 2 años del plazo que tiene que transcurrir para recuperar el saldo inicial de puntos después de la firmeza de las sanciones.

Si quieres saber más sobre los cambios que ha introducido la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial o te surge cualquier duda o aclaración, no dudes en contactarnos. Desde Farré Abogados ofrecemos todo tipo de asesoramiento para llevar a cabo procedimientos judiciales en materia de seguridad vial.

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